De acuerdo con el Ministerio de Salud, en su carta de derechos y deberes de los pacientes:
Derechos en Salud:
- Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos.
- Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el plan de beneficios en salud de manera oportuna, si requiere un servicio que no esté incluido, también lo puede recibir.
- Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.
- Que en caso de urgencia, sea atendido de manera inmediata, sin que le exijan documentos o dinero
- Que atiendan con prioridad a los menores de 18 años.
- Elegir libremente la EPS, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate, dentro de la red disponible.
- Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
- Que como cotizante le paguen licencias y las incapacidades médicas.
- Tener protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas y de alto costo, sin el cobro de copagos.
- Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.
- Que le informen dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud.
- Recibir un trato digno sin discriminación alguna.
- Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
- Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica posible
- Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.

- Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento
- Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su EPS valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo
- Ser informado sobre los costos de su atención en salud
- Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
- Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clínica.
- Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que su opinión sea tenida en cuenta y respetada.
- Ser incluido en estudios de investigación científica, solo si lo autoriza.
- Recibir información y ser convocado a participar en los procesos para decidir si un servicio o tecnología en salud queda excluido de ser costeado con los recursos del sistema de salud.
- Que ante el proceso de una enfermedad terminal sea respetada su voluntad de morir con dignidad.

Deberes en salud:

Cuidar su salud, la de su familia y su comunidad.

Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al sistema de salud.

Cumplir de manera responsable con las recomendaciones de los profesionales de salud que lo atiendan.

Brindar la información requerida para la atención médica y contribuir con los gastos de acuerdo con su capacidad económica.

Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

Respetar al personal de salud y cuidar las instalaciones donde le presten dichos servicios.
Información para tener en cuenta:

Su EPS deberá informarle los canales de atención al usuario disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana.
Si tiene insatisfacción en el servicio de salud puede presentar su petición, queja o reclamo, ante la EPS


Si la EPS no la resolvió o no está satisfecho con la respuesta, puede acudir a la Supersalud.
En caso de necesitar orientación acuda a los organismos de vigilancia y control: Supersalud, Personerías Municipales, Defensoría del Pueblo, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación y las Secretarías de Salud.


Por pertenecer a una comunidad indígena, tiene derecho a cambiar del régimen subsidiado y contributivo y viceversa, dependiendo de su capacidad económica, sin cambiar de EPS.
Usted tiene derecho a recibir atención médica en una ciudad diferente a la de su residencia cuando se traslade temporalmente por un período superior a un mes y hasta por 12 meses, haciendo la solicitud a su EPS.

Referencias:
- Carta de derechos y deberes: https://www.supersalud.gov.co/es-co/atencion-ciudadano/derechos-y-deberes
- Cartilla derechos y deberes: https://docs.supersalud.gov.co/PortalWeb/ProteccionUsuario/Carta%20de%20Derechos%20y%20Deberes/Cartilla%20Derechos%20y%20Deberes%20web.pdf
AstraZeneca Colombia SAS, Edificio NAOS, Avenida Carrera 9 No. 101-67, Oficina 601, Bogotá, D.C., tel.: 3257200. Conectando Juntos. Axa Asistencia IPS S.A.S. Tel: 646 2828 ext. 1141203 CLL 102 # 17A – 61. Información aplicable a Colombia. Si requiere más información favor comunicarse con el teléfono arriba. La información que contiene este material es únicamente de carácter informativo, no pretende influenciar la prescripción o consumo de ningún medicamento y no reemplaza la consulta a un profesional de la salud para el diagnóstico o tratamiento de ningún síntoma o enfermedad.
MATPROM: CO-16465 Prep: 2 – 2025